AVISO DE CONVOCATORIA
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Publicado en 08/11/2023

La Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Cañete, designada mediante Resolución Administrativa de Sala Plena N° 000013-2023-CSJCÑ-PJ, convoca a nivel nacional a todos los abogados habilitados que desean participar en el Concurso de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Cañete, que se desarrollará en mérito a las Resoluciones Administrativas Nº 399-2020-CE-PJ, 000346-2021-CE-PJ y 000459-2022-CE-PJ emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

NIVEL Y ESPECIALIDADES A POSTULAR

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

BASES DEL CONCURSO DE SELECCIÓN DE JUECES SUPERNUMERARIOS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

CONVOCATORIA N° 002-2023-CDSJS-CSJCÑ-PJ

La Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Cañete, designada mediante Resolución Administrativa de Sala Plena N° 000013- 2023CSJCÑ-PJ, convoca a nivel nacional a todos los abogados habilitados que desean participar en el Concurso de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Cañete, que se desarrollará en mérito a las Resoluciones Administrativas Nº 399-2020-CEPJ, 000346- 2021-CE-PJ y 000459-2022-CE-PJ, emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

1.OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA

Seleccionar abogados que reúnan los requisitos para ocupar el cargo de Jueces Supernumerarios, en los niveles: Juez Superior; Especializados en lo Penal, Familia y Trabajo y Paz Letrado, de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de la Carrera Judicial; a fin de ser incorporados en el Registro Distrital de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

2.CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

4. REQUISITOS PARA POSTULAR REQUISITOS GENERALES

De conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial, son:

Requisitos generales:

a) Ser peruano de nacimiento.

b) Tener el pleno ejercicio de la ciudadanía y los derechos civiles.

c) Tener título de abogado expedido o revalidado conforme a ley, así como encontrarse hábil en el ejercicio profesional.

d) No haber sido condenado ni haber sido pasible de una sentencia con reserva del fallo condenatorio por la comisión de un delito doloso. La rehabilitación, luego de cumplida una sentencia condenatoria, no habilita para el acceso a la judicatura.

e) No encontrase en estado de quiebra culposa o fraudulenta ni ser deudor alimentario moroso.

f) No presentar discapacidad mental, física o sensorial debidamente acreditada que lo imposibilite a cumplir con sus funciones.

g) No haber sido destituido por medida disciplinaria del Poder Judicial o Ministerio Público ni despedido de cualquier otra dependencia de la Administración Pública, empresas estatales o de la actividad privada por falta grave.

h) No estar incurso de ninguna de las otras incompatibilidades señaladas por ley.

i) Haber realizado Declaración Jurada de Intereses de carácter preventivo en el SIDJI utilizando “Firma Digital”, conforme al reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, aprobado por el D.S. N° 052-2008-PCM

REQUISITOS ESPECIALES SEGÚN NIVEL QUE POSTULA

Son las establecidas en los artículos 7°, 8° y 9° de la Ley de la Carrera Judicial, según el siguiente detalle:

PARA JUEZ DE PAZ LETRADO SUPERNUMERARIO

a) Ser mayor de veinticinco (25) años.

b) Haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica por un periodo no menor de tres (03) años, o haberse desempeñado como Secretario o relator de Sala por más de dos (02) años o como Secretario de Juzgado por más de cuatro (04) años. Para el caso del ejercicio de la abogacía y la docencia universitaria, los períodos en una y otra condición son acumulables, en tanto no se hayan prestado en forma simultánea.

PARA JUEZ ESPECIALIZADO O MIXTO SUPERNUMERARIO

a) Ser mayor de treinta (30) años.

b) Haber sido Juez de Paz Letrado o Fiscal Provincial o Secretario o Relator de Sala al menos por cuatro (04) años, o haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica por un periodo no menor de cinco (05) años. Para el caso del ejercicio de la abogacía y la docencia universitaria, los periodos en una y otra condición son acumulables para alcanzar el mayor, en tanto no se hayan prestado en forma simultánea.

PARA JUEZ SUPERIOR SUPERNUMERARIO

a) Ser mayor de treinta y cinco (35) años.

b) Haber ejercido el cargo de Juez Especializado o Mixto Titular o Fiscal del mismo nivel durante cinco (05) años, o haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica por un periodo no menor de diez (10) años. Para el caso del ejercicio de la abogacía y la docencia universitaria, los periodos en una y otra condición son acumulables para alcanzar el mayor, en tanto no se hayan prestado en forma simultánea.

POSTULACIÓN

SOLICITUD Y DOCUMENTOS DEL POSTULANTE.

Las fechas de postulación son los días del 09/11/2023 al 15/11/2023, para tal efecto deberán consignar sus datos personales en la Solicitud de Postulación (Anexo 01), la formación académica y experiencia laboral entre otros conforme al Formato de Postulación para el Registro de Jueces Supernumerarios (Anexo 02), y, aceptar las declaraciones juradas solicitadas (Anexo 03), las que deberán ser firmadas y presentadas en forma física en la Av. Benavides N° 657-San Vicente de Cañete-3er Piso. En horario de Oficina (de 8: a.m. a 1:30 p.m. y de 2:30 p.m. a 5:00 p. m.) o de

forma virtual, en formato pdf. a través del correo de la Comisión Distrital: (convocatoriajuecescanete@pj.gob.pe), conforme al detalle siguiente:

a) Solicitud de postulación dirigida al Presidente de la Comisión (ANEXO 01).

b) Curriculum Vitae (sin documentar).

c) Copia legalizada de Título de Abogado.

d) Habilitación Profesional vigente a la fecha de postulación

e) Fotocopia legalizada del Documento Nacional de Identidad, con la constancia de haber sufragado en las últimas selecciones o, en su caso, la dispensa respectiva.

f) Dos fotografías recientes de frente tamaño pasaporte.

g) Récord de medidas disciplinarias, expedida por la Oficina de OCMA Y ODECMA (Para quienes laboran o hayan laborado en el Poder Judicial).

h) Declaración Jurada de no estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

i) Antecedentes Penales.

j) Antecedentes Policiales.

k) Declaración Jurada de Bienes y Rentas.

l) Declaración Jurada de no encontrarse afiliado a una organización política o sindical.

m) Declaración Jurada de no haber sido condenado ni declarada su culpabilidad con reserva de fallo condenatorio por delito doloso, teniendo en consideración que la rehabilitación luego de cumplida una sentencia condenatoria por delito doloso o vencido el plazo de la reserva del fallo condenatorio, no habilita para postular.

n) Declaración Jurada de no encontrarse procesado penalmente y/o de encontrarse procesado, señalar los datos del expediente materia del proceso.

o) Declaración Jurada de no estar inscrito en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (REDERECI), prevista la Ley N°30353.

p) Declaración Jurada de no haber sido destituido o suspendido por medida disciplinaria en cargo judicial o fiscal.

q) Declaración Jurada de no encontrarse en estado de quiebra culposa, fraudulenta o en estado de insolvencia.

r) Declaración Jurada de no haber sido despedido o suspendido de la administración pública, empresas estatales o de actividad privada mediante Resolución firme.

s) Declaración Jurada de no estar incurso en los impedimentos a que se refiere el artículo 41° de la Ley de la Carrera Judicial – Ley N°29277, u otros de acuerdo a ley, al momento de su inscripción.

t) Declaración jurada de no tener impedimento para postular, ni incompatibilidad por unión de hecho, por matrimonio, o por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad al momento de su inscripción, conforme al artículo 42° de la Ley de la Carrera Judicial – Ley N°29277.

u) Fotocopia del Carnet de CONADIS, para acceder a la bonificación a que se contrae la Ley General de la persona con discapacidad – Ley N°29973.

v) Constancia de haber cursado el Programa de Formación de Aspirantes (PROFA), con un total de veintisiete créditos (27) con una duración no menor de un año, a fin de acceder a la bonificación especial que se establece en el artículo 22° del presente Reglamento Transitorio.

w) Constancia de no haber sido sancionado por Colegio de Abogados.

x) Experiencia en labor Jurisdiccional.

y) Los ANEXOS 02 y 03, serán utilizados para la presentación de las Declaraciones Juradas solicitadas.

z) Declaración Jurada de Intereses de Carácter Preventivo. Se realizará en el SIDJI utilizando “Firma Digital”, conforme al Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, aprobado por el D. S. Nº 052-2008-PCM. (Se deberá enviar los datos mencionando líneas abajo, al correo convocatoriajuecescanete@pj.gob.pe; con la finalidad de crear el usuario y clave para el respectivo acceso a la página.

• Nombres y Apellidos

• Nro. de DNI

• Nro. de celular

• Correo electrónico

• Especialidad que postula.

5.REVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS GENERALES Y ESPECIALES PARA DETERMINAR LA RELACIÓN DE POSTULANTES APTOS:

a) La Comisión Distrital revisará la documentación presentada por los postulantes y elaborará la relación de postulantes aptos que pasarán a la etapa de evaluación, la que deberá ser publicada por un día en el Diario de mayor circulación y en la página web de la Corte Superior.

b) Esta revisión no tiene puntaje, pero es de carácter eliminatorio en relación a los requisitos generales y los especiales, así como en las Declaraciones Juradas establecidas en las Bases. La calificación será en términos de APTO y NO APTO.

c) En caso de que ningún postulante sea declarado APTO, el proceso de selección se declarara desierto, en forma parcial o total según corresponda.

6.PERIODO DE TACHA:

La ciudadanía podrá formular tachas contra los postulantes incluidos en la Relación de Postulantes Aptos, dentro del plazo perentorio de dos (02) días computado desde su última publicación en el Diario Oficial o página web de la CSJCÑ. Las tachas se deben formular por escrito adjuntando la prueba sustentadora y presentarse únicamente en:

Forma virtual en formato PDF, al correo siguiente: convocatoriajuecescanete@pj.gob.pe), que funcionará como Mesa de Partes Virtual de la Comisión de la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

La Comisión Distrital correrá traslado al postulante al correo electrónico consignado, como máximo al día siguiente de su recepción, para que éste haga su descargo y lo remita al correo convocatoriajuecescanete@pj.gob.pe, adjuntando en formato PDF o JPG el escrito y acompañando los medios probatorios pertinentes, dentro del quinto día hábil de notificado con la tacha.

La Comisión Distrital deberá resolver la tacha en el plazo de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente que el postulante presentó su descargo o del vencimiento del plazo para hacerlo.

La Comisión Distrital al momento de resolver las tachas, podrá verificar o contrastar la información de los descargos emitidos por el postulante, en las Cortes Superiores, Colegios de Abogados, facultades de Derecho y otras entidades públicas o privadas pertinentes.

La resolución de la Comisión Distrital que resuelve la tacha es inimpugnable, está debe ser notificada al ciudadano o ciudadana que presentó la tacha y al postulante al correo electrónico que registre el postulante.

7.VALORACIÓN DE LAS ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

La fase de Evaluación de Conocimiento y la fase de Evaluación Curricular con puntaje tienen carácter eliminatorio, mientras que la fase de Evaluación Psicológica no tiene puntaje y es de valor referencial pero obligatorio, teniéndose en cuenta lo establecido en el artículo 19º del reglamento citado; en todo caso el postulante deberá obtener puntaje aprobatorio para acceder a la fase de entrevista personal.

Los resultados de cada fase serán publicados en la pág. Web de la Corte y de manera opcional en el portal institucional, redes sociales y diario judicial

8.FASE DE EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS

El objetivo de la evaluación de conocimientos es comprobar el nivel cognoscitivo del postulante al cargo de Juez Supernumerario, especialidad y nivel que postula.

a) La evaluación de conocimientos será realizada por la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Cañete, quienes desarrollarán el Banco de preguntas de donde se obtendrán aquellas que conformarán el balotario para la valoración según especialidad y nivel postulado.

b) La evaluación de conocimiento contempla los siguientes aspectos:

• Evaluación de conocimientos de la especialidad a la que postula, razonamiento jurídico.

• Capacidad creativa y de interpretación.

• Cultura Jurídica.

• Capacidad de redacción y de solución de conflictos.

c) Los puntajes aprobatorios para la calificación de la fase de evaluación de conocimientos, se establece por niveles de la siguiente forma:

9.EVALUACIÓN PSICOLÓGICA

Esta fase que resulta ser de carácter referencial y no tiene puntaje; sin embargo, la Comisión Distrital considera factible su realización y será de carácter obligatorio, en este caso el postulante que no realice dicha evaluación será declarado NO EVALUADO, por lo tanto, no continuará en la siguiente fase de evaluación.

 La fase de evaluación psicológica, será elaborada por el personal especializado elegido o convocado por la Comisión Distrital de Selección.

 La Comisión publicará en la página web de la Corte, la relación actualizada de los postulantes que pasan a la siguiente etapa.

10.EVALUACIÓN CURRICULAR CON PUNTAJE

Para esta evaluación, el/la postulante, deberá presentar, en el plazo de dos días hábiles, la documentación que sustente su Currículo Vitae presentado al momento de la postulación.

El postulante deberá presentar en la Mesa de Partes Única de la Oficina de Administración – Av. Mariscal Benavides N° 657-San Vicente de Cañete (tercer piso), dirigido a la comisión, si la presentación es de manera física.

Si la presentación es de manera virtual, en el correo de la Comisión Distrital (convocatoriajuecescanete@pj.gob.pe), en formato PDF, de ser así, tendrá que reunir los siguientes requisitos:

El archivo del Currículo Vitae deberá estar de forma escaneada en un solo archivo indicando el nombre del postulante y al nivel en el cual postula, de ser el caso que el archivo ocupará más espacio se podrá dividir en varios correos, colocando en la parte final al cual pertenece su archivo (PARTE1, PARTE2, …).

El horario de presentación de manera virtual, será hasta las 11:59 p.m.

El postulante deberá colocar en el asunto del correo indicando su nombre completo y al nivel que postula.

El postulante deberá cargar los archivos a su correo electrónico de manera directa, evitando usar otras plataformas de almacenamiento, toda vez que el sistema no accede al descargo del archivo.

• En caso que el/ la postulante no cumpla con presentar la documentación antes señalada, no podrá pasar a la siguiente fase de postulación.

• Esta evaluación es de carácter eliminatorio, tiene como puntaje mínimo aprobatorio en base al nivel al cuál el interesado ha postulado.

• Los puntajes aprobatorios para la calificación del currículo vitae documentado se establece por niveles de la siguiente forma:

11.ENTREVISTA PERSONAL

Tiene por finalidad conocer el desenvolvimiento del postulante y su relación con el entorno, para ellos la Comisión deberá tener en cuenta las pautas previstas en el artículo 22º de la Ley de la Carrera Judicial, en lo pertinente, bajo responsabilidad.

Las entrevistas personales constan de 03 etapas:

de la Corte Superior, el día y la hora de la entrevista por niveles, cada uno de los responsables para realizar la entrevista deberá revisar el currículum vitae del/la postulante y esta se llevará a cabo teniendo en cuenta el Estado de Emergencia Sanitaria, así como los protocolos de salud establecidos por la institución.

• Desarrollo de la entrevista. – Se iniciará con la presentación al postulante, de acuerdo a las condiciones la entrevista será de carácter público, el objetivo es analizar su trayectoria profesional, perspectivas del puesto, conocimiento del Sistema de Justicia.

- La Comisión Distrital está obligada a considerar los resultados de la evaluación psicológica (siempre y cuando esta haya sido realizada).

- La Entrevista Personal, deberá ser filmada y estará a disposición de los postulantes, en caso de solicitarlo.

• Calificación de la Entrevista. - El puntaje será asignado inmediatamente después de realizada cada entrevista. El puntaje máximo de la Entrevista Personal es de cien

(100) puntos.

12.CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA ENTREVISTA DEL PERSONAL

13.ASPECTOS GENERALES

a) La Comisión tendrá a su cargo la evaluación de las Hojas de Vida (Currículo Vitae), los mismos que deberán ser numerados de acuerdo al Reglamento del Concurso para Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales – Acceso Abierto de la Junta Nacional de Justicia, aprobada con la Resolución N°047-2021-JNJ.

b) Los criterios de la evaluación del Currículo Vitae, serán consignados de acuerdo al Reglamento del Concurso para Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales

– Acceso Abierto de la Junta Nacional de Justicia, aprobada con la Resolución N°047-2021-JNJ); lo mismo se aplicará para la entrevista personal.

c) Las tachas se formulan por escrito (en forma física o virtual) debe adjuntarse pruebas sustentadoras, las cuales deben presentarse en la Mesa de Partes Única de la Oficina de Administración – Av. Mariscal Benavides N° 657 – San Vicente de Cañete (tercer piso), o al correo: convocatoriajuecescanete@pj.gob.pe para su

remisión a la Comisión Distrital de Selección, la cual correrá traslado al postulante para su descargo por escrito (en forma física o virtual), acompañando de los medios probatorios pertinentes, quien absolverá dentro del quinto día hábil de notificada con la tacha; luego la comisión resolverá lo pertinente en el plazo de cinco días hábiles. La comisión al momento de resolver las tachas, podrá verificar o contrastar la información de los descargos emitidos por el postulante, en las Cortes Superiores, Colegio de abogados, facultades de derecho y otras entidades públicas o privadas pertinentes; en cuyo caso el plazo de deliberación se prorrogará por tres días hábiles adicionales.

d) En caso de declararse fundada una tacha contra cualquier postulante será automáticamente descalificado del concurso, dicha decisión será inimpugnable.

e) Para efectos del presente proceso, las notificaciones que haga la comisión a los participantes, se realizarán vía correo electrónico y/o página web de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

f) La Evaluación Psicológica es referencial y estará a cargo de un profesional especializado elegido por la Comisión.

g) La Entrevista Personal será filmada.

h) La Comisión podrá variar el Cronograma establecido por causas justificadas, está será comunicada oportunamente a través de la Página Web Institucional de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

i) Culminado el Proceso de Selección la Comisión remitirá el acta con los resultados respectivos a la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cañete, que aprobará la nómina de Jueces Supernumerarios.

14.LUGAR DE PRESENTACION.

La presentación de solicitudes, Currículo Vitae y toda documentación se hará en la Mesa de Partes Única de la Oficina de Administración – Av. Mariscal Benavides N° 657 –San Vicente de Cañete (tercer piso) en horario de oficina de 8:00 a.m. a 01:30p.m. y de 2:30 a 5:00 pm, o en el siguiente correo: convocatoriajuecescanete@pj.gob.pe, las fechas señaladas en el cronograma y en el horario de hasta las 11:59 p.m. del día establecido.

Toda documentación deberá estar debidamente foliada (números y letras) y visada en cada folio, de lo contrario no será recepcionada.

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