La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República aprobó un dictamen con el que se modificará el artículo 113 de la Carta Magna, referido a la vacancia presidencial.
La propuesta señala que se puede vacar al jefe del Estado por “permanente incapacidad mental o física, debidamente acreditada de forma unánime por una junta médica sin conflictos de intereses, y declarada por el Congreso” así como por su “permanente incapacidad moral”.
Durante el debate, la congresista Susel Paredes (no agrupada) cuestionó que no se haya precisado la definición de “incapacidad moral” en el predictamen ya que ello podría inducir a error.
En línea contraria se mostró el parlamentario Alejandro Cavero (Avanza País), quien señaló que la “taxatividad” o las precisiones del artículo podrían generar impunidad. También pidió que se mantengan los 87 votos para que el Congreso determine si un mandatario ha incurrido en incapacidad moral permanente.
Por su parte, el legislador Alejandro Muñante (Renovación Popular) saludó que se incluyeran delitos de corrupción de funcionarios como causal de acusación a un presidente, a fin de proteger las arcas del Estado y la democracia.
En tanto, la congresista Ruth Luque (Cambio Democrático-Juntos por el Perú) señaló que entiende la posición política de sus colegas al mantener una fórmula abierta para determinar la vacancia por incapacidad moral, pero advirtió que termina siendo subjetiva.
El presidente de la Comisión de Constitución, Hernando Guerra-García (Fuerza Popular), pidió un cuarto intermedio para incorporar un texto sustitutorio con las sugerencias de los parlamentarios a fin de llegar a un consenso.
Minutos después, se presentó el referido texto que no incluyó modificaciones relacionadas al artículo 113 de la Constitución Política sobre la vacancia presidencial, pero sí al artículo 117 que ahora se divide en acusaciones al presidente por infracciones al orden constitucional y contra los poderes del Estado (rebelión, sedición y motín), así como una lista de delitos que incluye: terrorismo, narcotráfico, colusión, cohecho pasivo, cohecho activo, tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito, negociación incompatible y aprovechamiento indebido del cargo.
Asimismo, en disposición transitoria se incluye otorgar al fiscal de la Nación todas las atribuciones para acusar constitucionalmente al presidente en funciones y que solo dicho funcionario pueda investigarlo, por lo que se le quitaría dicho rol al Congreso.
Al finalizar la sesión, se votó por separado la aprobación de la modificación de ambos artículos. En relación al 113, el dictamen logró 18 votos a favor, 4 en contra y 3 abstenciones.
En el caso del artículo 117, se aprobó con 16 votos a favor, 5 en contra y 3 abstenciones.
Recomposición del JNE
En relación al predictamen que propone aumentar a siete el número de magistrados del pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y establecer requisitos para que puedan ser miembros, la votación fue pospuesta para el viernes 10 de enero tras pasar a cuarto intermedio.
Durante el debate se presentó el asesor del JNE, José Naupari, quien consideró que no es razonable ampliar el número de miembros del jurado.
Alertó, asimismo, que las medidas que plantea el predictamen, como desarrollar dos nuevas salas para revisar casos electorales, contar con jurados electorales descentralizados, entre otros, podrían generar mayores gastos presupuestales, por lo que pidió un mayor estudio y precisión en ese sentido.